Nelly es una mujer peruana que, ante una situación de extrema necesidad económica, cuelga en su perfil de Facebook y en otras páginas de su país su necesidad de encontrar con urgencia un trabajo, de lo que sea, y publica su número de teléfono.
A los pocos días, una persona desconocida le llama y le comenta que quieren entrevistarla, que tienen un trabajo para ella. Cuando pregunta de qué se trata el interlocutor comenta que en la entrevista le dará los detalles.
Sin pensárselo, Nelly acude a la entrevista. La recibe un hombre supuestamente extranjero, vestido de forma muy formal y con un discurso serio. Parece de fiar. Le explica que trabaja en una empresa farmacéutica que provee medicamentos a médicos europeos puesto que las medicinas peruanas, a nivel de materias primas y de producción, son mucho más económicas que las europeas.
El hombre comenta que trabajan con un hospital que necesita unos componentes para hacer un nuevo medicamento y Nelly debería transportar el producto a cambio de 4000 €. Teniendo en cuenta su situación familiar, ella acepta. ¿Qué ocurrió después?
#TambienEsTrata
Gracias al apoyo del Ajuntament de Barcelona y el Departament de Treball, Afers Socials i Família de la Generalitat de Catalunya, SICAR cat , a lo largo de estas semanas, publicará nuevos estudios de casos que ilustran estas otras formas de explotación que también tienen lugar en Catalunya. Con el hashtag #TambienEsTrata se podrá realizar seguimiento de su difusión en las redes sociales.
Con el estudio de casos se quiere sensibilizar sobre aquellos fines de trata de seres humanos que se dan en nuestro país y que atiende pero que permanecen ocultos, para garantizar la protección de todas las víctimas y su acceso a derechos.
SICAR cat presenta un nuevo caso, en el que se sobreponen dos finalidades de explotación. Por un lado, la explotación sexual y por otro, la criminalidad forzada.
Mercy, natural de Nigeria, tenía una situación a origen muy precaria pero una mujer le ofreció la posibilidad de viajar a Europa y trabajar. Ante la falta de expectativas de futuro, Mercy aceptó la propuesta y, antes de marcharse, se sometió a un ritual de vudú en el que juró fidelidad.
Desde que se marchó de Nigeria hasta su llegada a España, atravesó varios países e hizo un tránsito muy complicado, en condiciones muy extremas, acompañada de su hijo y de otras mujeres que no conocía a las que probablemente les esperaba la misma suerte que a ella, ser explotada.
#TambienEsTrata
Gracias al apoyo del Ajuntament de Barcelona y el Departament de Treball, Afers Socials i Família de la Generalitat de Catalunya, SICAR cat , a lo largo de estas semanas, publicará nuevos estudios de casos que ilustran estas otras formas de explotación que también tienen lugar en Catalunya. Con el hashtag #TambienEsTrata se podrá realizar seguimiento de su difusión en las redes sociales.
Con el estudio de casos se quiere sensibilizar sobre aquellos fines de trata de seres humanos que se dan en nuestro país y que atiende pero que permanecen ocultos, para garantizar la protección de todas las víctimas y su acceso a derechos.
SICAR cat presenta hoy una nueva entrega de la serie de estudio de casos de trata de personas con fines de explotación infradetectados en España, a través de Margarita, una mujer originaria de Filipinas que sufrió trata con fines de explotación laboral en el servicio doméstico.
Su situación laboral en origen era muy complicada y tenía graves dificultades económicas. A través de agencias de trabajo, decidió buscar trabajo en el extranjero y, en varias ocasiones, trabajó con contrato como empleada del hogar interna en otros países. Sin embargo, una oferta fue una trampa y se convirtió en víctima de tráfico de seres humanos.
#TambienEsTrata
Gracias al apoyo del Ajuntament de Barcelona y el Departament de Treball, Afers Socials i Família de la Generalitat de Catalunya, SICAR cat, a lo largo de estas semanas, publicará nuevos estudios de casos que ilustran estas otras formas de explotación que también ocurren en Catalunya. Con el hashtag #TambiénEsTrata se podrá hacer seguimiento en las redes sociales de su difusión.
La iniciativa quiere sensibilizar sobre aquellas finalidades de trata de seres humanos que se dan en nuestro país pero permanecen ocultas, para garantizar la protección de todas las víctimas y su acceso a derechos.
Hoy 16 de junio celebramos el Día Internacional de las/os Trabajadoras/es del Hogar, y el 10º Aniversario de la adopción del Convenio 189 de la OIT sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos.
Con motivo de esta celebración desde Proyecto Esperanza y SICAR.cat nos hemos adherido a la carta que la organización europea La Strada Internacional ha enviado a esta mañana a un grupo de miembros del Parlamento Europeo, al Comité de las Partes del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, y la Asamblea Parlamentaria de la OSCE.
La carta lamenta que, a pesar de la importancia del Convenio 189 de la OIT que reconoce que las/os trabajadoras/es domésticos deben tener acceso a los mismos derechos que los demás trabajadores, sólo siete países europeos entre los que no está España, lo han ratificado y hace un llamamiento a los gobiernos a hacerlo.
Igualmente llama la atención sobre aquellos elementos que hacen de las/os trabajadoras/es del hogar un grupo vulnerable a la explotación laboral, el trabajo forzado y la trata de seres humanos. De hecho, tal y como afirma la carta remitida esta mañana, un número considerable de las víctimas de la trata de seres humanos identificadas y registradas en Europa trabajan en el sector doméstico y se espera que en los próximos años aumente la vulnerabilidad de las y los trabajadores domésticos. Para hacer frente a esta situación las entidades firmantes plantean una serie de peticiones a los gobiernos, entre las que se incluyen la ratificación de la Convenio 189 de la OIT, la mejora de la sensibilización de todos los actores relevantes, incluidas las propias trabajadoras del hogar, para identificar las situaciones de explotación y abuso en el sector del trabajo doméstico, y la profundización en la formación específica de los agentes de policía, los fiscales y los inspectores de trabajo para aumentar su conocimiento y comprensión de la trata y la explotación laboral en el sector del trabajo doméstico.
Todas éstas son recomendaciones recogidas en el Documento de Análisis y Recomendacionessobre finalidades de trata menos conocidas y visibilizadas en España, entre las que se encuentra la trata para explotación laboral en el empleo del hogar, recientemente publicado por Proyecto Esperanza y SICAR cat en el marco del proyecto Speaking Out #TambienEsTrata, Para información sobre este proyecto y las recomendaciones pueden visualizar el siguiente vídeo.
Esta mañana ha tenido lugar el webminario “Presentación de los resultados del proyecto SPEAKING OUT – #TambienEsTrata por la protección de las víctimas y supervivientes de la trata para todos los fines de explotación”, organizada por Proyecto ESPERANZAy SICAR cat
El Seminario web se ha celebrado con motivo de la finalización del proyecto #TambienEsTrata que ambas organizaciones han desarrollado en los últimos 2 años con el objetivo de mejorar la detección y la protección de mujeres y niñas víctimas de trata en España para aquellas finalidades de explotación que aún permanecen ocultas e invisibilizadas, como son la trata con fines de explotación en el empleo del hogar, la trata para matrimonios forzados y la trata para criminalidad forzada.
Este tratado internacional pretende obtener el compromiso de los Estados para luchar contra el trabajo forzoso en todas sus formas, entre ellas la trata de seres humanos, lo cual es especialmente relevante ante el actual contexto de crisis derivado de la COVID19 y el previsible aumento de la precariedad y la vulnerabilidad de gran parte de la población mundial.
España ratificó el Protocolo de 2014 de la OIT sobre el Trabajo forzado[1] en el año 2017 comprometiéndose a tomar medidas eficaces para evitar el trabajo forzoso, proteger a sus víctimas y velar por que éstas tengan acceso a justícia y reparación.
Si bien es cierto que desde el año 2010, el delito de trata está tipificado en todas sus formas, incluido el trabajo forzoso, no existe en España una definición de “trabajo forzado“ ni está tipificado como tal en el código penal, lo cual contribuye a la invisibilización de esta realidad, a la infradetección de sus víctimas y a la impunidad de sus perpetradores.
Por ese motivo, ante los compromisos internacionalmente adquiridos por el Estado español, con el fin de alcanzar la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, relativa a la erradicación del trabajo forzoso, es necesario tomar medidas eficaces y urgentes, tales como:
Apostar por una ley Integral de Lucha contra la Trata y Protección a víctimas para todas las finalidades de explotación
Tipificar en el código penal el delito de trabajo forzoso como delito independiente
Impulsar el Plan Nacional contra el Trabajo Forzoso
Primera sentencia del TEDH sobre víctimas de trata para criminalidad forzada
El pasado 16 de febrero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó la sentencia del caso de V.C.L. y A.N. c. Reino Unido donde se analiza por primera vez la protección de las víctimas de trata de seres humanos con fines de criminalidad forzada.
El caso se refiere a dos menores de edad de nacionalidad vietnamita tratados desde su país con la finalidad de explotarlos para la producción de cannabis. Ambos fueron arrestados y acusados de delitos contra la salud pública, de los que se declararon culpables por consejo de sus abogados designados de oficio.
A raíz de la sentencia condenatoria, ingresaron en centros de justicia juvenil. Posteriormente, una autoridad competente les reconoció como víctimas de trata. A pesar de ello la Fiscalía, tras revisar el caso, consideró que no existía tal condición de víctima y decidió mantener la condena. Tras apelar de nuevo, el Tribunal Superior consideró justificada la decisión de la Fiscalía.
En su sentencia el Tribunal Europeo de Derechos Humanos insiste en que la obligación de los Estados de establecer medidas eficaces para proteger a las víctimas de trata (Art. 4 del Convenio Europeo) tiene un doble objetivo: evitar daños mayores y facilitar su recuperación. En tal caso, enjuiciarles y condenarles por delitos que se vieron obligados a cometer como consecuencia de la situación de trata obstaculiza profundamente la consecución de dichos objetivos, y contraviene el principio de no imposición de penas a víctimas de trata establecido en el Artículo 26 del Convenio de Varsovia.
Para ello, el Tribunal resalta la importancia de la identificación temprana de este tipo de casos y la necesidad de su evaluación por personas capacitadas y calificadas para atender a las víctimas, especialmente cuando se trata de menores de edad.
Además, considera que el Estado sigue siendo responsable de la identificación de víctimas y que, independientemente de que los abogados de oficio recomendaran a estos menores declararse “culpables”, tal declaración debería haberse considerado nula.
En el caso juzgado, la evaluación de indicios fue realizada posteriormente por una trabajadora social de una ONG especializada en infancia. Dicha valoración de indicios fue descartada por la Fiscalía, que consideró que no existían indicios suficientes. A este respecto, el Tribunal argumentó que la evaluación de los indicios de trata de seres humanos hecha por la Fiscalía no aportó razones claras y consistentes, como tampoco lo hizo la Corte de Apelaciones posteriormente, la cual se limitó a aspectos formales y no entró a valorar tales indicios.
Por ello, el Tribunal ha dejado constancia de que una vez la evaluación de indicios ha sido realizada por una persona cualificada, cualquier decisión judicial posterior deberá tener en cuenta dicha evaluación.
A ello, la sentencia añade que los/as niños/as víctimas de trata son un grupo particularmente vulnerable que puede no ser consciente de que han sido víctimas del delito, o que pueden tener un miedo insuperable a revelar esta información a las autoridades. En consecuencia, no se les puede exigir que se auto- identifiquen, ni sancionarlos por no hacerlo.
En conclusión, en su sentencia el Tribunal resuelve que el hecho de que las autoridades (Cuerpos Policiales, Fiscalías, Tribunales de Apelación, etc.) no llevaran a cabo una valoración adecuada de indicios de trata de seres humanos equivale a un incumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Por ello, condena a Gran Bretaña y resuelve conceder a cada demandante 25.000 euros de compensación por daños inmateriales e impone el pago de 20.000 euros en concepto de costas a Gran Bretaña.
Desde Proyecto ESPERANZA y SICAR cat celebramos esta sentencia pionera que permite avanzar en el reconocimiento de derechos de las víctimas de trata con fines de explotación para realizar actividades delictivas. Tal y como apuntamos en el proyecto #TambienEsTrata el desconocimiento y la falta de comprensión de las distintas finalidades de explotación de la trata supone la invisibilización de las víctimas, y obstaculiza, de hecho, su acceso a los derechos que tienen reconocidos en los instrumentos internacionales y que son claves para su recuperación integral.
Igualmente, queremos realizar las siguientes recomendaciones a las instituciones públicas que trabajan especialmente en el ámbito de la Justicia Juvenil, así como el resto de actores clave que trabajan en la lucha contra la trata:
El interés superior del menor debe primar en cualquier proceso y en cualquier momento ante la posibilidad de que la persona pueda ser menor de edad. En casos de menores víctimas de trata, es imprescindible contar con medidas especiales de protección y su identificación temprana es crucial. Para ello, es determinante tener en cuenta que, en estos casos, no es necesaria la utilización de ninguno de los medios ilícitos recogidos en la definición de trata para que se cometa el delito.
La trata de seres humanos con finalidad de criminalidad forzada puede conllevar situaciones de revictimización especialmente graves y estigmatizantes para las víctimas en caso de no ser identificadas debidamente, tal y como hemos venido observando en el marco del proyecto #TambienEsTrata
En virtud del art. 26 del Convenio de Varsovia (principio de no punición) las víctimas serán eximidas de responsabilidad por su participación en actividades ilícitas que hayan sido obligadas a cometer en el marco de la trata.
Como parte de la Red de Trabajo No Acepto, SICAR cat ha firmado el comunicado conjunto que ésta ha elaborado y ha enviado a varias instituciones públicas sobre los matrimonios forzados:
Desde la Red de trabajo sobre los matrimonios forzados en España REIVINDICAMOS que esta problemática no sea una realidad oculta. Es importante que se hable de los matrimonios forzados que existen en España y deje de tratarse como algo aislado y ajeno. Las instituciones públicas deben apostar por visibilizar la problemática y proporcionar medidas civiles y sociales que refuercen la independencia y autonomía de las mujeres. La especial complejidad de la problemática convierte en insuficiente el abordaje penal.
Comunicado No Acepto
Hace unos meses, No Acepto ya remitió un comunicado a diferentes instituciones públicas, presentando la Red de trabajo sobre los matrimonios forzados en España y su misión.
De nuevo, ha realizado un envío de comunicaciones a las distintas instituciones públicas en donde, además, las invita a colaborar en la visibilización de la problemática de los matrimonios forzados mediante la publicación, en las redes públicas institucionales, de imágenes y mensajes del material de sensibilización de No Acepto.
Los matrimonios forzados pueden ser una finalidad de trata siempre que el matrimonio forzado incluya los elementos que definen la trata de seres humanos:
el acto puede ser la transferencia o recepción de una persona,
los medios pueden incluir engaño, amenazas o coerción
el propósito puede ser la explotación sexual y/o la servidumbre
SICAR cat y Proyecto ESPERANZA han profundizado en esta finalidad de explotación a través del proyecto #TambienEsTrata, que incluye el análisis de casos que han atendido ambas entidades.
SICAR cat y Proyecto ESPERANZA, ambos proyectos de Adoratrices, señalan hoy, a través de una nota de prensa, que, a pesar de que la esclavitud fue la primera violación de Derechos Humanos que suscitó una amplia preocupación internacional, sigue, a día de hoy, vigente y ha evolucionado hacia otras formas, como el trabajo forzado o la trata de seres humanos, que incluye finalidades de explotación fuertemente feminizadas.
Los dos proyectos, con una amplia experiencia en atención integral a víctimas de trata, han dado respuesta, en los últimos años, a mujeres que han sido víctimas de este delito con finalidades infradetectadas en nuestro país y fuertemente marcadas por el género: trata con fines de explotación sexual en pornografía, esclavitud sexual, matrimonios forzados, gestación de bebés para su posterior venta o adopción ilegal, criminalidad forzada, explotación laboral en el empleo del hogar.
En esta misma línea, WalkFree calcula que las mujeres y niñas representan el 71% de todas las víctimas de esclavitud moderna en el mundo, de manera que es fundamental aplicar la mirada de género a la hora de abordarla. Cuanto mayor es la brecha de género en salud, educación y en la economía, mayor prevalencia tiene la esclavitud moderna, concluye.
Rosa Cendón, coordinadora de Relaciones Institucionales e Incidencia de SICAR cat, añade: La trata con finalidad de explotación laboral en el empleo del hogar y la trata para la celebración de matrimonios forzados son formas de trata que tienen una incidencia desproporcionada en mujeres y niñas y, por tanto, suponen formas de violencia contra la mujer por razones de género.
Un año más, SICAR cat ha sido una de las entidades invitadas al Curso anual sobre la Trata de Seres Humanos, que organiza la Brigada Provincial de Extranjería y Frontera de Barcelona, del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).
Este tipo de intervenciones son una gran oportunidad para presentar el trabajo que SICAR cat hace con las víctimas de trata, las acciones coordinadas con otros agentes clave como los cuerpos policiales, …
Este año SICAR cat centró su ponencia en los siguientes aspectos:
Recordar el compromiso que tienen todos los actores clave, incluidas las entidades especializadas, en relación a la Estrategia de las 4P (Prevención, Protección, Persecución y trabajo en Partenariado)
Continuar adoptando un enfoque de Derechos Humanos frente al delito de trata
Mejorar la aplicación de los mecanismos que garantizan el acceso a un estatus legal a las víctimas
Incorporar sistemas de evaluación continua del trabajo y los resultados que se obtienen de la coordinación entre cuerpos policiales y entidades/servicios públicos especializados
Trabajar en el diseño de un modelo de gestión de las víctimas que las sitúe en el centro de la intervención
Mejorar la detección e identificación ante el posible incremento de la vulnerabilidad de muchos colectivos que conllevará un incremento de las víctimas de trata
Prestar mayor atención a otras finalidades de explotacióninvisibilizadas e infradetectadas con un elevado componente de género y en las que difícilmente opera el crimen organizado
Valoramos muy positivamente que el diseño de estas formaciones incluya un enfoque victimocéntrico y que se reconozca a las entidades y servicios públicos especializados como posibles formadores.