50 ratificaciones contra el Trabajo Forzoso

Hoy, en el Día Internacional de recuerdo de las Víctimas de la Esclavitud y la Trata transatlántica de esclavos, celebramos el hito alcanzado por la Campaña «50 for freedom» al lograr 50 ratificaciones del  Protocolo sobre el trabajo forzoso,  impulsada por la Organización Internacional del Trabajo.

Este tratado internacional pretende obtener el compromiso de los Estados para luchar contra el trabajo forzoso en todas sus formas, entre ellas la trata de seres humanos, lo cual es especialmente relevante ante el actual contexto de crisis derivado de la COVID19 y el previsible aumento de la precariedad y la vulnerabilidad de gran parte de la población mundial.

España ratificó el Protocolo de 2014 de la OIT sobre el Trabajo forzado[1] en el año 2017 comprometiéndose a tomar medidas eficaces para evitar el trabajo forzoso, proteger a sus víctimas y velar por que éstas tengan acceso a justícia y reparación.

Si bien es cierto que desde el año 2010, el delito de trata está tipificado en todas sus formas, incluido el trabajo forzoso, no existe en España una definición de “trabajo forzado“ ni está tipificado como tal en el código penal, lo cual contribuye a la invisibilización de esta realidad, a la infradetección de sus víctimas y a la impunidad de sus perpetradores.

Por ese motivo, ante los compromisos internacionalmente adquiridos por el Estado español, con el fin de alcanzar la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, relativa a la erradicación del trabajo forzoso, es necesario tomar medidas eficaces y urgentes, tales como:

  • Apostar por una ley Integral de Lucha contra la Trata y Protección a víctimas para todas las finalidades de explotación
  • Tipificar en el código penal el delito de trabajo forzoso como delito independiente
  • Impulsar el Plan Nacional contra el Trabajo Forzoso

#EstatusLegalTrata

#EstatusLegalTrata: Participamos en el seminario web sobre el acceso a permisos de residencia para víctimas de trata de seres humanos.

La coordinadora de incidencia y sensibilización de Proyecto Esperanza fue una de las ponentes en el seminario virtual sobre el acceso a permisos de residencia para víctimas de trata organizado por la plataforma europea de ONGs La Strada International (LSI) que tuvo lugar el pasado 12 de marzo, y en el que participaron más de 90 personas, incluyendo parlamentarios europeos, y miembros de organizaciones de la sociedad civil europeas.

Este seminario sirvió para lanzar un nuevo informe de investigación llamado “Permisos de residencia, protección internacional y víctimas de la trata de personas” que evalúa el marco legal europeo en relación con las oportunidades de residencia y protección a largo plazo (incluido dentro del sistema de asilo y refugio) disponibles para las víctimas de trata de seres humanos, y su aplicación en seis países (Austria, España, Francia, Holanda, Moldavia y Serbia) identificando buenas prácticas, lagunas y barreras para el acceso efectivo a estos derechos. Este informe ha sido elaborado en el marco del proyecto REST (REsidency STatus: Strengthening the protection of trafficked persons) en el que Proyecto Esperanza participa.

A lo largo del seminario Marta González y Liliana Sorrentino (experta europea y miembro de la dirección de LSI) presentaron las principales conclusiones del informe.

Una de las principales preocupaciones expresadas se refiere a la práctica, en algunos países europeos, de vincular el acceso a los permisos de residencia a víctimas de trata en exclusiva a su cooperación con las autoridades policiales. Esta práctica no solo está en conflicto con el enfoque basado en los derechos humanos proclamado tanto en el derecho de los tratados de la Unión Europea como en el Consejo de Europa, sino que también contradice algunas de las disposiciones más importantes para la protección de las personas objeto de trata. La aplicación de un enfoque basado en los derechos humanos exige desvincular la residencia de la cooperación y obliga a los Estados no sólo a otorgar a las víctimas de la trata el derecho a permanecer en el país de destino durante los procedimientos judiciales contra sus autores, sino también después, si la seguridad de la persona así lo requiere.

En este sentido, de conformidad con el art. 14 de la Convención contra la trata de personas del Consejo de Europa, los Estados deberían garantizar, tal y como se reconoce en la legislación española, que las víctimas de la trata puedan solicitar un permiso de residencia en base a su situación personal, sin presionarlas para que cooperen en la investigación y el enjuiciamiento de los tratantes, y que las solicitudes estén completamente desconectadas de las perspectivas investigación y enjuiciamiento.

Otra recomendación fundamental se refiere a la necesidad de reforzar la coherencia entre las medidas específicas de protección previstas para las víctimas de trata en el marco de la “Ley de Extranjería” y el sistema de asilo a nivel nacional. Esta falta de coherencia resulta en muchos países europeos en un número muy reducido de víctimas de trata identificadas en el proceso de asilo, y restringe el acceso a derechos por parte de las víctimas de trata. Resulta importante señalar que el procedimiento de cooperación entre las Fuerzas de Seguridad, la Oficina de Asilo y Refugio y las entidades especializadas en el aeropuerto de Madrid-Barajas fue resaltado como una buena práctica en el webminario.

Otra preocupación a la que se hizo referencia es la re-victimización que sufren las víctimas de trata en los procedimientos de retorno en el marco de Dublín III.

En el seminario también intervino la Dra. Venla Roth, Coordinadora Nacional sobre la Trata de Seres Humanos en Finlandia dentro del Ministerio de Justicia de este país. La Dra Roth se refirió a la situación en Finlandia, donde el permiso de residencia está desligado de la cooperación de las víctimas de trata con las autoridades policiales, y se refirió a la importancia del nexo entre residencia y recuperación de las víctimas de trata a largo plazo.

Recordamos que el día 22 de febrero de 2021 Proyecto Esperanza y SICAR cat, junto con otras organizaciones europeas especializadas en la atención integral a víctimas y supervivientes de trata de seres humanos integradas en la plataforma LSI dirigimos una carta a los parlamentarios europeos instándoles a que se comprometieran a implementar 10 recomendaciones para garantizar que las personas objeto de trata y de explotación puedan acceder a su derecho a un estatus legal y reciban la protección más adecuada para asegurar sus derechos y acceder a una solución duradera, ya sea otorgándoles protección internacional o residencia permanente en el país de destino, o bien asegurando su retorno voluntario y seguro si así lo desean, así como su reintegración.

8M: Adoratrices en el Senado

8 de Marzo de 2021

Adoratrices aporta en la Ponencia de estudio sobre migraciones del Senado su análisis y recomendaciones para mejorar la protección de las víctimas de trata

 

La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Senado ha invitado a Adoratrices a participar en la Ponencia de estudio para abordar el fenómeno migratorio de manera integral. Comparece en representación de la entidad Marta González, Coordinadora de Sensibilización e Incidencia de la Delegación de Madrid (Proyecto Esperanza).

El objetivo de la intervención en el Senado es trasladar nuestro análisis y recomendaciones en relación a la situación y el acceso a derechos de las mujeres migrantes que han sufrido la trata de seres humanos con cualquier finalidad de explotación. Para ello partimos de la realidad de las mujeres a las que acompañamos, que abarcan una gran diversidad de perfiles en relación con su edad, nacionalidad, estado civil, situación administrativa, familiar, orientación sexual, identidad de género y nivel educativo, entre otros. Algunas de ellas tienen, además, necesidad de protección internacional.

Uno de los mensajes principales que trasladaremos es que, a pesar de que la legislación española reconoce formalmente un gran abanico de derechos a las víctimas y supervivientes de la trata, la realidad que observamos en nuestro trabajo diario es que existen numerosas barreras y obstáculos que impiden su acceso efectivo a estos derechos y que suponen, de hecho, una quiebra en el cumplimiento de las obligaciones del Estado.

Desde Adoratrices nos centraremos, a lo largo de nuestra intervención, en compartir las principales dificultades que detectamos. Hemos hecho llegar a la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Senado un documento detallado con el análisis de nuestras preocupaciones y recomendaciones. Entre ellas destacamos las siguientes:

1- Retos y obstáculos en la Identificación temprana como víctimas de trata de seres humanos.

  • Revisar en profundidad el proceso de identificación de víctimas de TSH en España desde un enfoque centrado en la víctima, su bienestar y la protección de sus derechos.
  • Garantizar que la identificación no se condiciona a la colaboración de la víctima con las autoridades policiales en la investigación del delito.
  • Fortalecer la participación multiagencial en la identificación de víctimas de la trata reconociendo formalmente el papel de las ONGs especializadas en la toma de decisiones que conduce a la identificación.

2- Necesidad de una respuesta integral a la trata de seres humanos para todas las finalidades de explotación.

Garantizar que la respuesta ante la trata de personas es integral y que se dirige a todas las víctimas de la trata para todas las finalidades de explotación, incluidos los matrimonios forzados, la mendicidad forzada, la delincuencia forzada y la extracción de órganos, teniendo en cuenta la dimensión de género de la trata y la vulnerabilidad particular de los niños y niñas, para facilitar su recuperación integral estableciendo recursos adecuados y suficientes.

3- Importancia de garantizar un acceso efectivo a un estatus legal para víctimas de trata de seres humanos de nacionalidad extranjera que se encuentren en situación irregular en España.

  • Garantizar que las víctimas de trata reciban toda la información necesaria para que puedan tomar una decisión informada, entendiendo los derechos y las opciones que tienen a su alcance.
  • Cumplir, por parte de las autoridades competentes, con la obligación positiva de otorgar un período de restablecimiento y reflexión a todas las posibles víctimas de la trata de seres humanos, independientemente de que la presunta víctima lo solicite o no.
  • Definir los criterios y plazos y simplificar los procedimientos para otorgar permisos de residencia a las personas víctimas de trata por las dos vías establecidas en el artículo 59 bis 4.
  • Asegurar en la práctica que el acceso al permiso de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales como víctima de trata no se condiciona al hecho de que se inicie, o no, un procedimiento penal por trata de personas u otros delitos relacionados.
  • Garantizar que en la práctica se reconoce y aplica la compatibilidad de los procedimientos de asilo con los regulados por la Ley de extranjería, en particular los relativos a la trata de seres humanos.
  • Reforzar los mecanismos de coordinación y derivación entre las autoridades que aplican la legislación de extranjería y el sistema de asilo para detectar, identificar y otorgar a las víctimas de trata solicitantes de asilo y refugiadas acceso a asistencia especializada y al reconocimiento del estatuto de asilo.
  • Asegurar que se lleve a cabo una evaluación de riesgos exhaustiva y un análisis de la vulnerabilidad de la víctima antes de emitir una decisión de retorno, incluida una decisión sobre una devolución en aplicación de la normativa de Dublín, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de no devolución.
  • Asegurar que, ante la existencia de indicios de trata, las personas migrantes en situación irregular no son internadas en centros de detención de inmigrantes, u otros espacios de detención.
  • Dar cumplimiento de forma proactiva a la cláusula de no imposición de penas ni sanciones por infracciones o delitos que se hayan visto obligadas las víctimas de trata a cometer durante su situación de sometimiento. Punición contenida en la legislación europea.
  • Permitir la reagrupación familiar preferente de familiares de las víctimas de trata identificadas por las autoridades, que hayan optado por permanecer en España y se les haya concedido la autorización provisional de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

4- Barreras al acceso a prestaciones económicas, en concreto, el Ingreso Mínimo Vital.

  • Reconocer el derecho al Ingreso Mínimo Vital a todas las personas víctimas de trata, independientemente de su sexo, género, y/o identidad sexual o de género, así como del tipo de explotación que hayan sufrido, permitiendo a las entidades especializadas reconocidas por las diferentes Administraciones acreditar dichas situaciones.
  • Incorporar en el futuro reglamento de desarrollo las medidas y excepciones necesarias para garantizar que el acceso al Ingreso Mínimo Vital por parte de estas personas sea real y efectivo en la práctica.

Como conclusiones y recomendaciones finales, desde la Entidad de Adoratrices incidimos en la necesidad de:

  • Reformar el Código Penal tipificando expresamente los delitos de trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud o la servidumbre en nuestro código penal para mejorar la persecución efectiva de estas finalidades de trata.
  • Promulgar una Ley Integral contra la Trata de Seres Humanos con la finalidad de consolidar un enfoque de derechos humanos y de atención y protección integral que coloque a las víctimas y supervivientes como titulares de derechos en el centro de las políticas públicas , y a la administración como titulares de obligaciones. La ley se debe aplicar a todas las finalidades de la trata, esté o no relacionada con la delincuencia organizada, teniendo en cuenta que España puede ser país de origen, tránsito o destino y que la trata puede ser interna o transnacional. Dicha Ley sentaría las bases para una correcta y efectiva coordinación entre todos los organismos involucrados a nivel nacional y autonómico, unificando y dotando de coherencia global a los distintos instrumentos existentes para garantizar que todas las víctimas de trata acceden a protección y asistencia con unos estándares comunes.

Desde Adoratrices queremos agradecer que en el marco del trabajo tan amplio que se está desarrollando en esta Ponencia de estudio los miembros de la Comisión hayan querido dedicar un espacio específico a la realidad de la trata de seres humanos en España, y se hayan dado la oportunidad de escuchar las voces de las víctimas y supervivientes.

Confiamos en que el resultado de la Ponencia contribuya a que las víctimas y supervivientes de la trata de seres humanos puedan acceder de forma efectiva a sus derechos.

Madrid, 8 de marzo 2021

Adoratrices llama a construir un futuro igualitario tras la COVID-19

En el 8 de marzo de 2021, Día internacional de la Mujer, la Obra Social de Adoratrices en Europa-África, queremos seguir comprometidas en lograr la mejora de las condiciones de vida de las mujeres en situación de vulnerabilidad.

En este año, la ONU quiere reconocer el trabajo en primera línea de las mujeres en la lucha contra la pandemia como trabajadoras de la salud, cuidadoras, innovadoras y organizadoras comunitarias.

Desde Adoratrices, a traves de una nota de prensa, queremos visibilizar e invidir en la importancia de entender las realidades de que las mujeres pueden ser «Mujeres líderes: Por un futuro igualitario en el mundo de la COVID-19″ como nos recuerda la ONU el lema de este año 2021.

Descargar Nota Día Mujer 2021

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