Aportaciones para una ley integral de prevención de la trata

Adoratrices, como entidad especializada en la atención integral a mujeres víctimas y supervivientes de la trata, lleva años abogando por la aprobación de una Ley Integral de Prevención de la Trata de Seres Humanos Protección Integral de las todas las Víctimas. La futura ley integral debe abordar esta grave y compleja violación de Derechos Humanos desde un enfoque centrado en la víctima, dando respuesta sus necesidades de atención, protección y acceso a la justicia con perspectiva de género, interseccional y de infancia.

Hoy 6 de mayo, la entidad ha remitido un escrito con sus aportaciones en el marco de la consulta pública abierta por el Ministerio de Igualdad previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en una ley contra la trata, cuyo objetivo es recabar la opinión de personas y organizaciones representativas.

Tal y como indica el Ministerio de Igualdad en la convocatoria de consulta “en los últimos años se ha avanzado en la persecución de este delito, sin dar una respuesta integral que ponga el foco en la prevención, la detección e identificación de las víctimas de trata, así como su atención integral, protección, acceso a la justicia y posterior reparación”.

Desde Adoratrices, alineadas con la Red Española Contra la Trata de Personas (RECTP) de la que formamos parte, nuestras propuestas resaltan la importancia de aprobar una Ley Integral de Prevención de la Trata de Seres Humanos y Protección Integral de las todas las Víctimas con el objetivo de:

  • Cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por España con mayor coherencia y, de esta forma, garantizar el cumplimiento de la obligación de diligencia debida y, en particular, del mandato de protección y asistencia a las víctimas establecido en las Convenciones Internacionales.
  • Abordar de manera integral el fenómeno de la trata en todas sus formas y en toda su complejidad dando respuesta a todas las formas de trata interna o transnacionales, relacionadas o no, con la delincuencia organizada, y teniendo en cuenta que España puede ser país de origen, tránsito o destino de la persona trata.
  • Cumplir con las obligaciones del Estado frente a aquellos tipos de trata que suponen una forma de violencia contra la mujer.
  • Superar las numerosas barreras y obstáculos a las que se enfrentan las víctimas y supervivientes para acceder y disfrutar plenamente de estos derechos, reconociéndolas como sujetos de derecho y dándoles acceso al máximo nivel de protección y prestaciones, así como acceso a la justicia y reparación.
  • Dotar de coherencia al ordenamiento jurídico actual que contiene disposiciones sobre trata de manera fragmentada y con lagunas.
  • Asegurar la coordinación y la coherencia de todas las administraciones, evitando la dispersión normativa y estableciendo estándares mínimos en todas las Comunidades Autónomas.
  • Dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de sus obligaciones por parte de las administraciones, disponiendo de mecanismos adecuados de control del correcto funcionamiento de la aplicación de la norma y de su impacto, favoreciendo así la adecuada rendición de cuentas.

Con el fin de asegurar el enfoque integral de la Ley, consideramos que ésta debe contener, como mínimo, las siguientes Medidas:

  • Prevención y detección de la Trata de Seres Humanos.
  • Detección e identificación de las víctimas de trata.
  • Derecho a la Asistencia Integral Especializada: alojamientos adecuados y seguros, asesoramiento e información, asistencia médica, psicológica y material, asesoramiento jurídico, acceso a estatus legal, retorno voluntario a país de origen o último país de residencia legal, oportunidades de educación y formación de acuerdo con la edad, el sexo y sus necesidades específicas (personas con discapacidad, niños y niñas víctimas de trata, unidades familiares).
  • Acceso y Obtención de Justicia (incluida la protección, acompañamiento y seguridad de las víctimas).
  • Derecho a la Reparación, indemnización y garantías de no repetición.
  • Medidas para la actuación especializada de las FCSE desde un enfoque centrado en la víctima.
  • Coordinación entre todos los actores, tanto a nivel nacional como internacional, entre agencias e instituciones.
  • Formación en sectores y ámbitos clave.
  • Investigación y producción de datos.
  • Evaluación continuada del impacto de la Ley Integral.

Consideramos que una ley integral contra la trata ha de regirse por los siguientes Criterios (1):

  • Contemplar todos los tipos de explotación y a todas las personas.
  • Poner en el centro de las actuaciones a las personas y consolidar el enfoque de atención y protección integral que debe imperar ante esta grave violación de derechos humanos.
  • Reconocer a las víctimas como titulares de derechos y a la administración como titulares de obligaciones.
  • Respetar la autonomía de las personas, reconociendo su capacidad de decisión, resiliencia y garantizando su fortalecimiento.
  • Incorporar, en todas sus disposiciones, un enfoque de derechos humanos y una clara perspectiva de género y de infancia, desde una aproximación interseccional y transcultural.
  • Contemplar la trata como un continuo que se puede dar en origen, tránsito y destino, o bien en un mismo país en los casos de trata interna.


La Ley debería tener rango de Ley Orgánica y consolidar los avances que se han producido en este ámbito en los últimos años, proporcionando un marco de obligaciones estable y dotando de coherencia al ordenamiento jurídico actual.

(1)Algunos de estos criterios han sido trabajados por parte de la Red Española contra la Trata de Personas (RECTP)