Nueva estrategia UE contra la trata

Ayer 6 de mayo participamos como miembros de la Plataforma Europea de la Sociedad Civil contra la Trata de Seres Humanos  en la reunión conjunta con la Comisaria Europea de Interior, Ylva Johansson, y los Relatores Nacionales, o mecanismos equivalentes, organizada por el Coordinador Europeo de Lucha contra la Trata, Sr. Olivier Onidi. La reunión se ha centrado en la presentación de la Nueva Estrategia de la Unión Europea de lucha contra la Trata de Seres Humanos (2021-2025) que se hizo pública el pasado 14 de abril.

Esta nueva Estrategia reitera el compromiso de la UE en esta área, reconoce el progreso hecho hasta la fecha en el marco de la Estrategia anterior, e identifica las prioridades de los próximos años.

Queremos resaltar los siguientes aspectos positivos que contiene la Nueva Estrategia de la EU:

  • Pone el foco en el abordaje integral de la lucha contra la trata que reconoce la complejidad del fenómeno y la necesidad de articular una respuesta general incluyendo medidas legales, políticas públicas y protocolos de actuación coherentes y de amplio alcance.
  • Incorpora la perspectiva de edad, reconociendo la vulnerabilidad de los niños y niñas (especialmente los no acompañados), así como su necesidad de protección y asistencia específica.
  • Afirma la necesidad de un enfoque de género para abordar la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, reconociendo esta finalidad de la trata, mayoritaria en Europa, como una forma de violencia contra la mujer.
  • Reconoce que el 15% de las víctimas de trata en la UE sufren explotación laboral; afirma que un número significativo de las mismas no es detectado por las autoridades y articula medidas específicas para mejorar la detección y la persecución de estos casos fortaleciendo la colaboración entre agentes públicos, privados y agencias europeas.
  • Reconoce la necesidad de mejorar la identificación temprana y proactiva de todas las víctimas de trata con la participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
  • Incide en la importancia de la derivación de las víctimas a servicios de protección, asistencia y acogida adecuada y segura, en los que se tengan en cuenta sus necesidades especiales en función de la finalidad de explotación a la que han sido sometidas.
  • Señala la responsabilidad de los Estados Miembro de prestar especial atención a la situación de las víctimas de trata extra comunitarias a la hora de valorar su traslado y/o devolución al país de entrada a Europa, teniendo en cuenta que pueden ser localizadas por los tratantes y corren el riesgo de ser sometidas a trata nuevamente.
  • Establece nuevas líneas de financiación para servicios de atención y recursos de acogida especializados para víctimas de trata de seres humanos.
  • Señala la responsabilidad de las empresas privadas de incorporar medidas contra la trata en sus políticas internas, por ejemplo a través de una gestión de sus cadenas de suministros con la debida diligencia del respeto a los Derechos Humanos.

A la vez, mostramos nuestra preocupación en relación con los siguientes aspectos recogidos en la nueva Estrategia de la Unión Europea:

  • A pesar de que la Estrategia reconoce la trata de seres humanos como violación grave de los derechos fundamentales, el enfoque de Derechos Humanos no se traduce suficientemente en medidas específicas de protección de esos derechos. Por ejemplo, no se proponen acciones específicas que garanticen la asistencia y la protección incondicional a todas las víctimas independientemente de su situación administrativa, sus circunstancias personales y con independencia de que colaboren o no con las autoridades policiales y judiciales.
  • Prevalece a lo largo de la Estrategia un enfoque de control del crimen organizado. Las medidas que se recogen a lo largo del texto se centran en la respuesta frente a la trata cometida por redes criminales, invisibilizando la trata cometida por redes informales o tratantes individuales.
  • Aunque la Estrategia reconoce que las víctimas de trata provenientes de países extracomunitarios se encuentran en una situación particular que debe ser tenida en cuenta cuando se les otorguen permisos de residencia, no se prevén medidas para garantizar en toda la Unión Europea el acceso a permisos de residencia y de trabajo para las víctimas, tanto por la vía de la colaboración como por la vía de su situación personal.
  • La Estrategia no nombra a los/las solicitantes de asilo entre las personas especialmente vulnerables a sufrir la trata. Tampoco incorpora acciones específicas para mejorar la detección e identificación de casos de trata en los procedimientos de asilo ni para garantizar su acceso a la protección internacional.
  • Otras finalidades de la trata, como la trata con fines de mendicidad forzada, matrimonio forzado, criminalidad forzada y tráfico de órganos no son abordadas desarrollando medidas específicas en la Estrategia.

Esperamos que esta nueva Estrategia que se pone en marcha y que durará hasta 2025 sea una oportunidad para que las víctimas de trata de personas con cualquier finalidad de explotación vean sus derechos reconocidos y accedan a los mismos de forma efectiva a través de la cooperación y el trabajo conjunto entre todos los actores, autoridades europeas y nacionales, organizaciones de la sociedad civil y el sector privado.

Aportaciones para una ley integral de prevención de la trata

Adoratrices, como entidad especializada en la atención integral a mujeres víctimas y supervivientes de la trata, lleva años abogando por la aprobación de una Ley Integral de Prevención de la Trata de Seres Humanos Protección Integral de las todas las Víctimas. La futura ley integral debe abordar esta grave y compleja violación de Derechos Humanos desde un enfoque centrado en la víctima, dando respuesta sus necesidades de atención, protección y acceso a la justicia con perspectiva de género, interseccional y de infancia.

Hoy 6 de mayo, la entidad ha remitido un escrito con sus aportaciones en el marco de la consulta pública abierta por el Ministerio de Igualdad previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en una ley contra la trata, cuyo objetivo es recabar la opinión de personas y organizaciones representativas.

Tal y como indica el Ministerio de Igualdad en la convocatoria de consulta “en los últimos años se ha avanzado en la persecución de este delito, sin dar una respuesta integral que ponga el foco en la prevención, la detección e identificación de las víctimas de trata, así como su atención integral, protección, acceso a la justicia y posterior reparación”.

Desde Adoratrices, alineadas con la Red Española Contra la Trata de Personas (RECTP) de la que formamos parte, nuestras propuestas resaltan la importancia de aprobar una Ley Integral de Prevención de la Trata de Seres Humanos y Protección Integral de las todas las Víctimas con el objetivo de:

  • Cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por España con mayor coherencia y, de esta forma, garantizar el cumplimiento de la obligación de diligencia debida y, en particular, del mandato de protección y asistencia a las víctimas establecido en las Convenciones Internacionales.
  • Abordar de manera integral el fenómeno de la trata en todas sus formas y en toda su complejidad dando respuesta a todas las formas de trata interna o transnacionales, relacionadas o no, con la delincuencia organizada, y teniendo en cuenta que España puede ser país de origen, tránsito o destino de la persona trata.
  • Cumplir con las obligaciones del Estado frente a aquellos tipos de trata que suponen una forma de violencia contra la mujer.
  • Superar las numerosas barreras y obstáculos a las que se enfrentan las víctimas y supervivientes para acceder y disfrutar plenamente de estos derechos, reconociéndolas como sujetos de derecho y dándoles acceso al máximo nivel de protección y prestaciones, así como acceso a la justicia y reparación.
  • Dotar de coherencia al ordenamiento jurídico actual que contiene disposiciones sobre trata de manera fragmentada y con lagunas.
  • Asegurar la coordinación y la coherencia de todas las administraciones, evitando la dispersión normativa y estableciendo estándares mínimos en todas las Comunidades Autónomas.
  • Dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de sus obligaciones por parte de las administraciones, disponiendo de mecanismos adecuados de control del correcto funcionamiento de la aplicación de la norma y de su impacto, favoreciendo así la adecuada rendición de cuentas.

Con el fin de asegurar el enfoque integral de la Ley, consideramos que ésta debe contener, como mínimo, las siguientes Medidas:

  • Prevención y detección de la Trata de Seres Humanos.
  • Detección e identificación de las víctimas de trata.
  • Derecho a la Asistencia Integral Especializada: alojamientos adecuados y seguros, asesoramiento e información, asistencia médica, psicológica y material, asesoramiento jurídico, acceso a estatus legal, retorno voluntario a país de origen o último país de residencia legal, oportunidades de educación y formación de acuerdo con la edad, el sexo y sus necesidades específicas (personas con discapacidad, niños y niñas víctimas de trata, unidades familiares).
  • Acceso y Obtención de Justicia (incluida la protección, acompañamiento y seguridad de las víctimas).
  • Derecho a la Reparación, indemnización y garantías de no repetición.
  • Medidas para la actuación especializada de las FCSE desde un enfoque centrado en la víctima.
  • Coordinación entre todos los actores, tanto a nivel nacional como internacional, entre agencias e instituciones.
  • Formación en sectores y ámbitos clave.
  • Investigación y producción de datos.
  • Evaluación continuada del impacto de la Ley Integral.

Consideramos que una ley integral contra la trata ha de regirse por los siguientes Criterios (1):

  • Contemplar todos los tipos de explotación y a todas las personas.
  • Poner en el centro de las actuaciones a las personas y consolidar el enfoque de atención y protección integral que debe imperar ante esta grave violación de derechos humanos.
  • Reconocer a las víctimas como titulares de derechos y a la administración como titulares de obligaciones.
  • Respetar la autonomía de las personas, reconociendo su capacidad de decisión, resiliencia y garantizando su fortalecimiento.
  • Incorporar, en todas sus disposiciones, un enfoque de derechos humanos y una clara perspectiva de género y de infancia, desde una aproximación interseccional y transcultural.
  • Contemplar la trata como un continuo que se puede dar en origen, tránsito y destino, o bien en un mismo país en los casos de trata interna.


La Ley debería tener rango de Ley Orgánica y consolidar los avances que se han producido en este ámbito en los últimos años, proporcionando un marco de obligaciones estable y dotando de coherencia al ordenamiento jurídico actual.

(1)Algunos de estos criterios han sido trabajados por parte de la Red Española contra la Trata de Personas (RECTP)

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