Conclusiones jornada #PenalTSH
SICAR cat y Proyecto Esperanza, programas de Adoratrices de atención integral a mujeres víctimas de trata de seres humanos (TSH), analizaron en la jornada ‘La Persecución Penal de la trata y el acceso a la Justicia de las Víctimas’, el recorrido de la persecución de este delito en España.
Carolina Villacampa, Prof. Titular Derecho Penal, Catedrática acreditada de la Universitat de Lleida, explicó los avances y dificultades halladas desde que se tipificó en 2010 el delito de trata en el Código Penal, Art. 177bis reformado por la L.O. 1/2015 de 30 de marzo.
‘Actualmente el abordaje victimocéntrico de la trata incluye las ‘3P’, es decir, la prevención del delito, la persecución de éste y la protección de las víctimas’, comentó Villacampa. Sin embargo, ‘últimamente también se habla de una cuarta ‘P’, el partenariado que evidencia la importancia de que todos los actores se coordinen para trabajar conjuntamente y evitar desequilibrios que revictimicen a las personas supervivientes’, añadió Rosa Cendón, coordinadora de Incidencia de SICAR cat.
En la primera mesa redonda, Colaboración y Trabajo interdisciplinario en la investigación y persecución del delito, representantes de Cuerpo Nacional de Policía, Mossos d’Esquadra, Consejo General del Poder Judicial y SICAR cat evidenciaron que los Protocolos marco, tanto el catalán como el español, son un buen instrumento pero de coordinación interinstitucional, es decir, de partenariado.
‘La protección de las víctimas se delega a las organizaciones especializadas como SICAR cat o Proyecto Esperanza, de manera que se tendría que avanzar en que las propias administraciones garanticen a las víctimas un servicio especializado’, concluyó Sandra Camacho, abogada de SICAR cat.
En la segunda mesa, La Víctima en el Proceso Penal: Reparación vs. Revictimitzación, se habló de los prejuicios y estereotipos con los que se acercan los diferentes actores a una materia tan delicada como la trata. La perspectiva de género, si bien es imprescindible, no es suficiente ya que el delito de trata afecta también a hombres, niños y niñas.
Por otra parte, en los juicios y procesos penales contra la trata de seres humanos el bien jurídico es la dignidad humana pero se acostumbra a poner el acento en la persecución del delito, sin tener presente que las víctimas han visto vulnerados un conjunto de Derechos Humanos que deberían ser reparados. Es por este motivo que tal vez tipificar el delito de esclavitud ayudaría a tener esta visión de Derechos Humanos necesaria para la reparación de las víctimas.